martes, 8 de febrero de 2011

PLANES DE PENSIONES

A modo introductorio podemos decir que un plan de pensiones es un producto que te permite ahorrar cómodamente, para que puedas disponer de un capital o una renta en el momento de la jubilación o en caso de incapacidad y, en caso de fallecimiento, para que puedan disponer del mismo tus beneficiarios. Se realiza mediante aportaciones. Las aportaciones son las cuantías que un partícipe ingresa en un fondo de pensiones, con el fin de que en el momento en el que se produzca una contingencia (jubilación, fallecimiento, enfermedad o paro) pueda percibir determinadas prestaciones. 

Los montos de estas dependerán del reglamento que estipula cada plan de pensiones. Por su parte, las aportaciones son irrevocables y pueden ser periódicas (frecuentes y constantes) y puntuales (en un momento determinado de manera inesperada). 

A la hora de contratar un plan de pensiones, no existe ni una edad mínima ni una edad máxima, pero siempre es recomendable hacerlo en el momento en que se comienza a trabajar para obtener mayores rendimientos. 
Los planes de pensiones establecen obligaciones y derechos entre sus partes y están regulados mediante un contrato. Así podemos determinar a los actores de los planes de pensiones:

Promotor: Cualquier entidad financiera, empresa, asociación, corporación, sindicato, colectivo o grupo que cree o partícipe en el desarrollo de un plan de pensiones. Estos órganos se encargan de crear y supervisar el funcionamiento del plan de pensiones.
Partícipes: Son las personas físicas para las que se crea el plan de pensiones. Normalmente, también son los que contribuyen mediante sus aportaciones al desarrollo del plan. Forman parte de la Comisión de Control.
Partícipes en suspenso: Son las personas que han dejado de realizar aportaciones, pero que mantienen sus derechos consolidados en el plan de pensiones.
Beneficiarios: Son tanto los partícipes como aquellas personas, que sin necesidad de ser partícipes, reciben las prestaciones del plan. 

 Por último cabe mencionar el amplio abanico de ventajas que ofrecen este tipo de planes entre ellas cabe destacar: 

  1. Deducibilidad de las aportaciones en la base imponible del IRPF (Impuesto a la Renta sobre las Personas Físicas)
  2. No es obligatorio realizar aportaciones
  3. Control de las inversiones por parte de los propios partícipes
  4. Aportaciones flexibles y con la posibilidad de domiciliarlas.
  5. Liquidez para determinadas contingencias: enfermedad grave y desempleo prolongado
  6. Capitalización positiva del ahorro y obtención de prestaciones con valores actuales superiores a la inflación

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